Para el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Tabasco, es importante, brindar un mecanismo al ciudadano para que pueda presentar una denuncia, por falta administrativa o por hecho de corrupción de un servidor público y garantizar en todo momento su anonimato, otorgar al ciudadano esa certeza, con la finalidad de promover la cultura de la denuncia.

¿Qué es una falta administrativa?

Son las faltas administrativas graves, las faltas administrativas no graves; así como las Faltas de particulares, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

¿Qué es una falta administrativa no grave?

Son las faltas administrativas de los Servidores Públicos en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, cuya sanción corresponde a las Secretarías y a los Órganos internos de control.

¿Qué es una falta administrativa grave?

Son aquellas cometidas por los Servidores Públicos catalogadas como graves en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, cuya sanción corresponde al Tribunal Federal de Justicia Administrativa y sus homólogos en las entidades federativas. Son el cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, uso indebido de información, abuso de funciones, actuación bajo conflicto de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto u ocultamiento de Conflicto de Interés, simulación de acto jurídico, tráfico de influencias, encubrimiento, desacato, nepotismo.

¿Qué es la Corrupción?

Es apropiarse de los recursos públicos o abusar del poder en que se encuentra para obtener un beneficio personal o en beneficio de terceros.

Un hecho de corrupción son faltas administrativas graves que cometen los servidores públicos en el uso de sus funciones.

¿Sabes quiénes son servidores públicos?

Se consideran Servidores Públicos a toda persona que desempeña un cargo o comisión de cualquier naturaleza dentro del Estado. Los servidores públicos además de incurrir en faltas administrativas, tienen responsabilidad política, penal y civil. Los particulares también serán responsables por los actos vinculados con faltas administrativas graves.

¿Qué es la denuncia administrativa?

Es un acto procesal por el que cualquier persona, por escrito o medio electrónico, ante la autoridad administrativa correspondiente, relata hechos posiblemente constitutivos de faltas administrativas cometidas por servidores públicos y en su caso por particulares.

¿Qué es la denuncia penal?

Es un acto procesal por el que cualquier persona, verbalmente o por escrito, ante el Ministerio Público relata hechos posiblemente constitutivos de delito.

¿Dónde se presentan las denuncias?

Las denuncias por faltas administrativas no graves se presentan ante los Órganos Internos de Control de la entidad pública en la que labore el servidor público infractor, o en su caso, donde la persona física o jurídica realice la comisión de las faltas señaladas. Las denuncias por delitos de hechos de corrupción (faltas administrativas graves) se presentan ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

¿Quién puede denunciar a un servidor público o a una persona física o jurídica (particulares)?

Cualquier persona que tenga conocimiento de una posible falta administrativa o de un delito por hecho de corrupción cometido por algún servidor público o por una persona física o jurídica.

¿Cómo se debe presentar la denuncia?

Las denuncias se pueden presentar por escrito, o en su caso, de manera electrónica si es que la entidad pública cuenta con un sistema. Pueden ser ANÓNIMAS. En su caso, la autoridad mantendrá con carácter de confidencial la identidad del denunciante. Deberán de contener datos o indicios que permitan advertir la presunta responsabilidad.

¿Qué debe contener la denuncia?

La autoridad a la que va dirigida. (Órgano Interno de Control o Fiscalía). En caso de no ser anónima, los datos de identificación y ubicación del denunciante.

Nombre y puesto del servidor público denunciado. En caso de no conocer el nombre y el puesto, hacer una descripción física del servidor público denunciado, así como de las funciones que realiza, y del lugar o área de trabajo.

Tratándose de denuncias en contra de personas físicas o jurídicas, deberá señalarse el nombre de la persona física o de la persona jurídica, y de ser posible de las personas que las representan. Si se desconoce el nombre de las personas físicas o jurídicas, o sus representantes, se deberá hacer una descripción física de las personas, así como de cualquier dato que permita la identificación de las mismas.

Una narración de los hechos que dieron origen a la presunta falta administrativa o delito. En su caso, las pruebas que se tengan respecto de la falta o delito denunciado.

La firma del denunciante, cuando la denuncia no sea anónima.

¿Cómo presento mi denuncia?

Proporcionará un correo electrónico o dato de ubicación con el fin de que los acuerdos y las resoluciones puedan ser notificadas al denunciante, y en su caso hacer valer los recursos que la ley le otorga.